viernes, 7 de junio de 2013

NO FUMEMOS MAS MENTIRAS NI SEAMOS PELOTUDOS - LOS ACUERDOS EN EL DIVORCION NO SON "ANTI-SAP!", Y LA JUSTICIA DE MENORES ES CIEGA.

Una de las herramientas que quienes actúan en función del SAP más utilizan es el desvirtuar, o inclusive negar y falsamente utilizar los terminos REALES de los acuerdos hechos en común al momento de la separación o divorcio (o ambas). Esto es in-negable, sea por falta de memoria, por ser presa del Síndrome o simplemente por mala leche. Cualquiera sea el motivo, lo importante es ayudar a reducir la cantidad de herramientas que un Alienador utiliza en contra de su Ex. Lo que sigue es quizá un aporte más para reducir las diferentes áreas donde los alienadores actúan frente a nuestros hijos y nuestro entorno familiar. O sea, manipular la verdad agrandandola o disminuyendola segun sea conveniente a su postura ciega.


Evitar ser alienados por quien sufre de SAP, es tarea de psicólogos, sociologos y al fin de cuentas algun día de la justicia, pero quiza desde nuestro lugar, y si no tenemos nada que esconder, al menos en lo que a los términos a los que una separación de bienes y cuotas, pagos, y compromisos se refiere, dando un "mojón" de verdad y donde ante la duda, cualquiera de nuestros seres queridos pueda ver la verdad. El desconocimiento es cómplice de la manipulación en estos casos, por lo que entiendo que si cada uno de nosotros pudiera "hacer publico" su acuerdo, se evitarían suspicacias y falsedades, al menos para aquellos de nuestro entorno a quienes realmente les interese saber la verdad.

Un divoricio es algo de 2 personas, y debería ser algo íntimo. No es en principio de una familia ni un grupo de amigos, pero sin embargo, las novelas que tejen quienes promueven el SAP, tengan un argumento menos, dadas las falacias de los mismos y el desconocimiento FACTUAL que tienen las victimas de dicha Alienación: Hijos, familiares y amigos del Alienado.

"QUE NOS SIRVA DE EXPERIENCIA. EL SAP NO TIENE QUE VER CON LA REALIDAD. TIENE QUE VER CON LA FANTASÍA, LA SED DE VENGANZA IRRACIONAL, y con la INSEGURIDAD PROPIA DEL ALIENADOR QUE OBEDECE SOLO A SU INTERÉS EGOISTA DE ROMPER LA RELACION DE SUS HIJOS CON EL PROGENITOR, SU EX...". 

UN CASO:
En este caso, vaya un precedente. Antes de acordar el divorcio, un grupo de abogados le recomendó al Progenitor no entrar a tribunales, por que si "graciosamente" si se supieran los terminos de este acuerdo ocurrirían 2 cosas. Las madres en divorcios controvertidos querrian hacerle una estatua de bronce, y los padres en el mismo proceso, querrían lapidarlo. Como coloquio de este proceso, al momento de presentarse los papeles en el juzgado, el abogado de la contraparte, sonrriente y de buen talante, extendió la mano al progenitor, y le agradeció por la grandeza de llegar a tan buen acuerdo. (No es tonto pensar que por lo tanto el acuerdo, superaba AMPLIAMENTE cualquier posibilidad de obtener licitamente un cuota alimentaria y demas obligaciones paternas superiores a este caso).

Mas allá de ésta anecdota, corresponde aclarar que este acuerdo fue preparado y trabajado durante mas de 8 meses entre partes y que TODO lo que el acuerdo dice, surge de la voluntad y del criterio de proteger a los hijos por sobre los bienes materiales y brindarles una base de protección muy superior a la que la justicia regularía. No fue en este caso en particular interés del Progenitor que se le regulara lo que la ley pide, sino mas bien lo que los hijos necesitan de su parte, tomando en cuenta que también en alguna parte la Progenitora debería aportar su proporción. En este caso, aun con un acuerdo que supera en mas de 3 veces lo que la justicia tradicionalmente regula, según la parte Alienadora, es literalmente una MISERIA…
Quien sea abogado y lea esto, depende de que lado de la historia esté, se sentirá satisfecho o pensará que el padre es simplemente un BOLUDO.

Del Acuerdo:
Va una transcripcion un acuerdo real, convenido y presentado ante el tribunal y firmado de comun acuerdo entre partes ante un Notario Público. Saquen sus conclusiones, y sepan que aun así y con este acuerdo, el Padre es alienado por su egoísmo y todo lo que provee es visto como una miseria. (Me consta que esto es así por que he leído mails de la EX, diciendo que lo que recibe es literalmente “una mierda” y “una miseria”. Lógicamente lo mismo que le escribe al Progenitor, es publicado sistemáticamente entre familiares y amigos, aun NO siendo verdad, ni si quiera aproximándose a ella.

La REALIDAD:

Excelentísimomo Tribunal: 

PROGENITORA, por su propio derecho, con domicilio real en .... - Lote .... / Barrio Privado xxxx, Provincia de Buenos Aires, y constituyendo domicilio legal en ....., San Isidro, Provincia de Buenos Aires, junto con mi letrado patrocinante Dr. ...., abogado inscripto al Tº , Fº .. CASI. Leg. Prev. Nro. , CUIT , Responsable Inscripto; y PROGENITOR, por su propio derecho, con domicilio real en ........., Provincia de Buenos Aires, constituyendo domicilio legal en ............, San Isidro, Provincia de Buenos Aires, junto con mi letrado patrocinante Dr. ........, abogado inscripto al Tº......., Leg. Prev. Nro......, CUIT ......, a V.E. nos presentamos y respetuosamente decimos: 

I- OBJETO. 
De conformidad con lo establecido en el artículo 214 inciso 2 del Código Civil, venimos por la presente a solicitar nuestro divorcio vincular, por encontrarnos separados de hecho sin voluntad de unirrnos desde el día 15 de octubre del 2009. 
En consecuencia, se ha cumplido ampliamente el término de tres años establecido por la norma antes citada, para obtener la disolución del vínculo por esta causa.
II- HECHOS

. Como surge del Certificado de matrimonio que acompañamos, el día ..... contrajimos matrimonio. 

Que de dicha unión nacieron cuatro (4) hijos: A, nacido el ....., B nacido el ....., C....... nacido el ....., y D nacida el ....., lo cual se acredita con los certificados de nacimientos adjuntos. 
Con fecha 15 de octubre del 2009, hemos decidido distanciarnos por profundas diferencias personales, que hicieron moralmente imposible la vida en común, y a raíz de ello nos encontramos separados de hecho sin voluntad de unirnos en forma ininterrumpida desde ese día.- Luego de analizar cada parte la situación personal y con el correr del tiempo, decidimos acordar las condiciones alimentarias, tenencia y régimen de visitas, y presentarnos ante V. S. a solicitar el divorcio vincular por encontrarnos ya encuadrados en las normativas legales y la homologación del convenio arribado en las otras cuestiones mencionadas. 
III- PRUEBA
Documental:
- Certificado de matrimonio. 
- 4 (cuatro) certificados de nacimiento. 
IV- COMPETENCIA
El último domicilio conyugal se encontró constituido en la calle ....... - Lote ..... / Barrio privado ....., Provincia de Buenos Aires, de donde surge la competencia de V.S. para entender en estas actuaciones, conforme lo establece el art. Art. 5 CPCC de la Provincia de Buenos Aires. 
V- ACUERDO SOBRE TENENCIA, ALIMENTOS Y REGIMEN DE VISITAS
Las partes convienen en celebrar el presente acuerdo de tenencia, alimentos y régimen de visitas, el que se sujetará a las cláusulas y condiciones que a continuación se indican: 

PRIMERA:
La tenencia de los cuatro menores: A.B.Cy D, quedará a cargo de la madre señora PROGENITORA, con quien habitarán en ..... ..... - Lote ..... / Barrio Privado......, Provincia de Buenos Aires, y/o en el domicilio en el territorio de la Provincia de Buenos Aires que oportunamente comunicará al Señor PROGENITOR en caso de cambio del mismo. 
SEGUNDA:
De "común acuerdo", se ha convenido en fijar la cuota alimentaria que el señor PROGENITOR abonará para sus cuatro hijos menores, de la siguiente manera y hasta su mayoría de edad respectivamente: 
2.1.- La suma de $ 4.000.- (pesos cuatro mil) (NOTA... Para los que luego crean que esto es el total y puedan decir como la PROGENITORA que son MISERABLES) ; lean por favor hasta el FINAL, para hacer la suma total de lo que PROGENITOR PASA"., la cual se corresponde en partes proporcionales y equitativas asignables a cada menor, que deberá hacer efectiva del día primero al décimo de cada mes, mediante acreditación en la caja de ahorro en pesos de la titularidad de la señora ….. , identificada con el Nº ………, abierta en la Sucursal …. del Banco ….., CBU Nº …….
Al finalizar cada cuatrimestre calendario a partir del momento de regir este convenio, el señor Progenitor exhibirá a la señora Progenitora su recibo de sueldo en original, y la suma de $ 4.000.- que se establece en este acápite como cuota alimentaria, se verá modificada en la misma proporción en la que -eventualmente- se modificare el importe neto del sueldo del señor Progenitor. Se deja constancia que a la fecha de celebración del presente Convenio, que da inicio a las obligaciones del mismo, el importe neto del sueldo del señor Progenitor asciende a la suma de $ 24.424 (pesos Venticuatro mil cuatrocientos veinticuatro).  (Para quien no entiende esto, básicamente la cuota se transforma en una proporción ganancial, que depende directamente del ingreso del Progenitor).

2.2.- Los menores se encontrarán cubiertos por la empresa de medicina prepaga que el empleador del Progenitor brinde, hasta la mayoría de edad. Dicha cobertura servirá para afrontar los gastos médicos, farmacológicos, odontológicos y de internación que dicha cobertura provea. Se deja constancia que a la fecha de celebración del presente Convenio, dicha cobertura se encuentra a cargo de la empresa OSDE, bajo el plan 310 para la totalidad de los menores.

2.3.- El señor Progenitor, adicionalmente, tomará a su exclusivo cargo el pago de la totalidad de los aranceles correspondientes a la cuota mensual de la escolaridad de los menores. A tal fin se deja constancia que los menores concurren al Colegio xxxxx de la localidad de xxxxxx, Provincia de Buenos Aires, y que a la fecha la totalidad de los pagos mensuales que se deben realizar en concepto de cuotas arancelarias mensuales asciende aproximadamente a la suma de $ 10.500 (pesos Diez mil quinientos). El señor Progenitor tomará a su cargo las eventuales actualizaciones tarifarias de la cuota escolar que el mencionado instituto educativo dispusiere en el futuro.

2.4.- Durante los meses de febrero de cada año, previo al inicio del año escolar, ambos padres ponderarán los gastos en los que se deba incurrir para la reposición de uniformes y útiles escolares de la totalidad de los menores, y asumirán dichos gastos en idénticas proporciones, pudiendo acordar en cada oportunidad la mejor forma de optimizar y financiar dichos gastos mediando siempre un preaviso razonable de los gastos necesarios.

2.5.- Todos aquellos gastos de los menores que aparezcan como extraordinarios, tales como viajes escolares o deportivos, gastos por festejos escolares de todo tipo, serán analizados oportunamente por ambos padres y autorizados de común acuerdo en función a las circunstancias económicas del momento, en cuya oportunidad se determinará -además- la proporción en la que cada padre aportará a dichos gastos.

TERCERA: Ambos padres deciden de común acuerdo establecer un régimen de visitas amplio y sin restricciones a favor del señor Progenitor, el que consistirá en convivir con sus hijos un fin de semana por medio, y -al menos- un día en la semana. En estas oportunidades los menores deberán ser retirados de la casa que habitan con su madre entre las 17.30 hs. y las 20.00 hs. del viernes y regresados entre las 17.30 hs. y las 20.00 hs. del domingo. En el caso del día entre semana, el señor Crusizio los retirará entre las 17.30hs. y las 20.00 hs. y los dejará en el Colegio al día siguiente, o en el hogar materno entre las 10.00 hs. y las 19.00 hs. si no hubiera clases. En las festividades, tanto religiosas como de cualquier otro tipo, ambos padres llegarán a un acuerdo con relación a los días y horarios que corresponderá a cada uno de ellos estar con sus hijos menores. 
Asimismo ambos progenitores se comprometen a comunicar al otro cualquier cambio o alteración en la rutina pactada. 
Durante las vacaciones de verano, cada padre pasará con los menores, al menos 15 (quince) días corridos, debiendo informar al otro progenitor el lugar en el que se encontrarán y los demás datos de contacto. 
En el supuesto que por razones laborales, alguno de los progenitores fuera trasladado al exterior, el otro deberá permitir que sus hijos puedan visitarlo. 
Ambos padres acuerdan que los menores podrán ser llevados indistintamente por cualquiera de ellos al colegio, en pos del mejor desarrollo psíquico, moral y físico de los menores, como así también tomar responsabilidad en todo lo concerniente a la educación y crianza de los menores. 
Cualquier cambio de rutina será acordado con antelación suficiente entre ambos progenitores exclusivamente, intentando no involucrar a los menores en estas decisiones. 


VI.- PETITORIO: Por todo lo expuesto, solicitamos: 
1. Nos tenga por presentados, por parte y por constituidos los domicilios legales indicados. 
2. Se tenga por acompañada la documental.
3. Por deducida la petición de divorcio vincular por presentación conjunta.
4. Se decreten las costas en el orden causado.
5. Se decrete el divorcio vincular que solicitamos, ordenando la inscripción como nota marginal en la partida de matrimonio correspondiente.
6. Se homologue el convenio de alimentos, tenencia y régimen de visitas que se adjunta a la presente. 


Proveer de conformidad, 

Será Justicia 

  
Esto expuesto arriba es la primer parte, lo que la parte Alienadora se encarga de esparcir como miserables 4 mil pesos, significan:

Alimentos 4.000 + Cuota del Colegio 10.500 + Cobertura médica (est) 1.000 + 50% de gastos extra (est) 500 x mes + Derivados de extras del colegio (est) 500 x mes: O sea, una base sin adicionales de 14.500$ sin tomar los extras. O sea, los miserables 4 mil pesos, ya son 15.500 pesos para el progenitor, según el acuerdo.
Pero la cosa sigue, ya que este caso, el Progenitor toma a su cargo durante 2 años a partir del acuerdo el mantenimiento conjunto de el ex hogar conyugal… Hay Progenitores y progenitores…
Estamos en mínimo 15.500 pesos, vamos por el resto:
  


CONVENIO DE SEPARACIÓN DE BIENES
Entre la señora progenitora, de nacionalidad Argentina, titular del DNI Nº…., con domicilio real en Calle …..- Lote … / Barrio Privado…., Pacheco, Provincia de Buenos Aires. CUIL Nº….., y el señor Progenitor, de nacionalidad argentina, titular del DNI Nº ……, con domicilio real en [____], de la Localidad de [____], Partido de [____], Provincia de Buenos Aires, CUIL Nº [____], Manifiestan: 

I. 
Que contrajeron nupcias el xxx en xxx. 
II. 
Que de dicha unión nacieron cuatro (4) hijos: A, B, C, D. 
III. 
Que desde el día 15 de octubre del 2009, se encuentran separados de hecho de común acuerdo, en forma ininterrumpida hasta la fecha. Y Convienen en celebrar el presente acuerdo de separación de bienes (en adelante el "Convenio"), el que se sujetará a las cláusulas y condiciones que a continuación se indican, el que comenzará a regir a partir de la fecha de suscripción: 

PRIMERA:
La señora progenitora y el señor progenitor, declaran que poseen los siguientes bienes:
1.-[auto progenitora]. Con relación a este vehículo, las partes acuerdan que oportunamente quedará asignado a la señora Progenitora, debiendo el señor Progenitor suscribir toda la documentación que pudiere corresponder.
2.- [auto Progenitor]. Con relación a este vehículo, las partes acuerdan que oportunamente quedará asignado al señor Progenitor, debiendo la señora Progenitora toda la documentación que pudiere corresponder.

3.- Una casa ubicada en Calle…. - Lote xxx / Barrio Privado xxxx, Provincia de Buenos Aires. Dicha casa pertenece en un 50% (cincuenta por ciento) a cada una de las partes. La señora Progenitora habitará dicho inmueble (de aprox 350m2) con sus hijos menores, hasta tanto se proceda a la venta del mismo. La señora progenitora y el señor progenitor acuerdan que ambos afrontarán en idénticas proporciones los gastos de impuesto inmobiliario, tasas municipales y expensas de la mencionada finca durante un plazo de 24 meses a partir de la suscripción del presente acuerdo. El señor progenitor, transferirá los importes correspondientes al pago de los mencionados gastos, dentro de las 72 hs. de serle ello requerido por la señora Progenitora y luego de la exhibición de las correspondientes facturas. La señora Progenitora, una vez efectuado el pago, exhibirá al señor Crusizio copia del comprobante de pago correspondiente.

4.- Sin perjuicio de lo dispuesto con relación a los gastos del único bien inmueble que poseen, la señora Progenitora y el señor progenitor, comprometen sus mejores esfuerzos para proceder a la urgente venta del mismo.

5.- Las partes se comprometen a realizar sus mayores esfuerzos para proceder a la venta de la propiedad referida precedentemente en un plazo no mayor a 24 meses, también acuerdan que cada uno de ellos puede ofrecer a la venta la propiedad a través de la inmobiliaria que designen, siendo condición de esto, el que ambas partes estén plenamente informadas por las mismas de todo progreso, visitas, ofertas, o posibles cambios en las valuaciones de la propiedad antes mencionada. Para el caso de no realizarse la venta en dicho período, establecerán de común acuerdo la forma de pago del impuesto inmobiliario, las tasas municipales y las expensas de la mencionada finca atento el tiempo transcurrido. SEGUNDA:

Las partes manifiestan que acordarán la división de los bienes muebles que se encuentran en el en el Inmueble ubicado en xxxxxx que fuera sede del hogar conyugal, como asimismo que el Sr. Mario Crusizio retirará los bienes muebles propios que todavía se encuentren en el citado inmueble (xxxxx), estableciendo las partes de común acuerdo si ello se realizará en el momento que se concrete la venta de la casa o antes previo aviso a la otra parte con anticipación mínima de 48 horas.-----------

TERCERA : Las partes se obligan recíprocamente a suscribir toda la documentación que sea necesaria para cumplir con lo pactado en el presente convenio.---------------- 

CUARTA: Para todos los efectos legales derivados del presente, las Partes constituyen domicilio en los indicados en el encabezamiento del presente, donde se tendrán por válidas todas las citaciones, notificaciones e intimaciones que se cursaren, y se someten a la Jurisdicción de los Tribunales de Familia del Departamento Judicial de San Isidro. 

En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Buenos Aires [____] a los [____] del mes de diciembre de 2012


O sea que al señor Progenitor, con éste acuerdo se le suma el 50% del mantenimiento de la casa donde habita su ex y sus hijos. La casa debería estar activamente a la venta para lograr venderla dentro del período de los 2 años, lo que fue el espíritu de la contribución, pero solo Dios sabe que es lo que sucederá. Mientras tanto, sigamos sumando a los “miserables 4 mil pesos”.
Ya el señor progenitor estaba acordado en 15.500 pesos, actualizables (4 mil por sus ingresos) el resto por lo que aumente la prepaga y el colegio y además ahora le sumamos el 50% de las expensas e impuestos del inmueble. O sea, lo que el señor progenitor pasa, más alla de ser “poco miserable”, ronda los 18.000 pesos mensuales al escribir el artículo. Realmente, para una persona que de neto recibe 24.000 pesos y le quedan 6 mil para hacer su vida, alquilar un inmueble para vivir (en ese momento), pagar sus gastos, sus expensas y lo que gasta para vivir y comer el día a día… es miserable?. Realmente lo es?.

Esto es una gota en un mar. Lamentablemente casos como éste existen y aún, con lo que esto conlleva, el progenitor es tratado de miserable, escondedor, mentiroso, “es el padre rico”, es el “pedile a tu padre que te lo compre por que yo no tengo plata”, es el ridículo… es el que “gana en negro” o esconde sus verdaderos ingresos… todo según su EX Alienadora y DOY FE. No recibe un centavo mas de nadie ni de nada. Es lo que tiene. Hoy gana 24000 neto y cede 18000 mínimo para SUS HIJOS. (75% de SUS INGRESOS)

SE LE PUEDE PEDIR MAS A ESTE PROGENITOR?. Si así es, que lo haga la Justicia, que seguramente lo reprenderá por PELOTUDO y no haber sido precavido en que además de ser quien se rompa el lomo para sus hijos, será tratado y difamado vía lavado de cerebro como el “Hijo de puta” que caga a tu madre, por el resto de su vida.
Como la justicia no da para más, el SAP corre por otro lado, corre por LOS AMIGOS, LA FAMILIA y peor que nada… por LOS HIJOS.


Ese progenitor está totalmente indignado, pero no vencido. El amor de y por sus hijos es mayor a cualquier difamación, y su único deseo es vivir lo suficiente como para que LA VERDAD SEA LA QUE IMPARTA JUSTICIA. En lo inmediato que los HIJOS dejen de ser UTILIZADOS como arma, herramienta o medio. Son ellos los que sufren mayormente el maltrato.

PURA VIDA.


lunes, 3 de junio de 2013

Contra el SAP nuestro de cada dia. Concientizar a la justicia.

Los padres y las madres, abuelos, tíos y primos, y los propios menores que están o estuvieron afectados por la ausencia, la falta de relación prolongada e injustificada, podemos y debemos unir esfuerzos para prevenir esta execrable forma de maltrato psíquico a los menores hijos del divorcio que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos denomina SÍNDROME DE ALIENACIÓN PARENTAL (SAP).
Sumemos y agrupemos a todos los afectados por parar con UNA VERDADERA Y REAL ENFERMEDAD MENTAL a fin de exigir y gestionar frente a los poderes del Estado y las Administraciones Públicas competentes, las responsabilidades que les incumben, y a fin de evitar y prevenir el DAÑO a los sujetos que tienen el derecho a recibir protección prioritaria que son los niños.
Ese debe ser nuestro compromiso común, nuestro deber y nuestro derecho (Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos, Resolución aprobada por la Asamblea General de la ONU 53/144 de 8 de marzo de 1999), para la defensa de los más prioritarios derechos humanos de la Infancia: El SAP ES UNA FORMA DE MALTRATO A LOS MENORES y el Estado debe proteger a los niños de todas las formas de malos tratos perpetradas por los padres o cualquiera otra persona responsable. También establecerá medidas preventivas y de tratamiento al respecto (Art. 19 Convención de Derechos del Niño).
Gracias por dar esto a conocer. Los padres que sufren el SAP, lo necesitan.

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