Una de las herramientas que quienes
actúan en función del SAP más utilizan es el desvirtuar, o inclusive negar y
falsamente utilizar los terminos REALES de los acuerdos hechos en común al momento de
la separación o divorcio (o ambas). Esto es in-negable, sea por falta de
memoria, por ser presa del Síndrome o simplemente por mala leche. Cualquiera
sea el motivo, lo importante es ayudar a reducir la cantidad de herramientas
que un Alienador utiliza en contra de su Ex. Lo que sigue es quizá un aporte
más para reducir las diferentes áreas donde los alienadores actúan frente a
nuestros hijos y nuestro entorno familiar. O sea, manipular la verdad agrandandola o disminuyendola segun sea conveniente a su postura ciega.
Evitar ser
alienados por quien sufre de SAP, es tarea de psicólogos, sociologos y al fin
de cuentas algun día de la justicia, pero quiza desde nuestro lugar, y si no
tenemos nada que esconder, al menos en lo que a los términos a los que una
separación de bienes y cuotas, pagos, y compromisos se refiere, dando un
"mojón" de verdad y donde ante la duda, cualquiera de nuestros seres
queridos pueda ver la verdad. El desconocimiento es cómplice de la manipulación
en estos casos, por lo que entiendo que si cada uno de nosotros pudiera
"hacer publico" su acuerdo, se evitarían suspicacias y falsedades, al
menos para aquellos de nuestro entorno a quienes realmente les interese saber
la verdad.
Un divoricio es
algo de 2 personas, y debería ser algo íntimo. No es en principio de una
familia ni un grupo de amigos, pero sin embargo, las novelas que tejen quienes
promueven el SAP, tengan un argumento menos, dadas las falacias de los mismos y
el desconocimiento FACTUAL que tienen las victimas de dicha Alienación: Hijos,
familiares y amigos del Alienado.
"QUE NOS SIRVA DE EXPERIENCIA. EL SAP NO TIENE QUE VER CON LA REALIDAD. TIENE QUE VER CON LA FANTASÍA, LA SED DE VENGANZA IRRACIONAL, y con la INSEGURIDAD PROPIA DEL ALIENADOR QUE OBEDECE SOLO A SU INTERÉS EGOISTA DE ROMPER LA RELACION DE SUS HIJOS CON EL PROGENITOR, SU EX...".
UN CASO:
En este caso, vaya
un precedente. Antes de acordar el divorcio, un grupo de abogados le recomendó
al Progenitor no entrar a tribunales, por que si "graciosamente" si
se supieran los terminos de este acuerdo ocurrirían 2 cosas. Las madres en
divorcios controvertidos querrian hacerle una estatua de bronce, y los padres
en el mismo proceso, querrían lapidarlo. Como coloquio de este proceso, al
momento de presentarse los papeles en el juzgado, el abogado de la contraparte,
sonrriente y de buen talante, extendió la mano al progenitor, y le agradeció
por la grandeza de llegar a tan buen acuerdo. (No es tonto pensar que por lo
tanto el acuerdo, superaba AMPLIAMENTE cualquier posibilidad de obtener
licitamente un cuota alimentaria y demas obligaciones paternas superiores a
este caso).
Mas allá de ésta
anecdota, corresponde aclarar que este acuerdo fue preparado y trabajado
durante mas de 8 meses entre partes y que TODO lo que el acuerdo dice, surge de
la voluntad y del criterio de proteger a los hijos por sobre los bienes
materiales y brindarles una base de protección muy superior a la que la
justicia regularía. No fue en este caso en particular interés del Progenitor
que se le regulara lo que la ley pide, sino mas bien lo que los hijos necesitan
de su parte, tomando en cuenta que también en alguna parte la Progenitora
debería aportar su proporción. En este caso, aun con un acuerdo que supera en
mas de 3 veces lo que la justicia tradicionalmente regula, según la parte
Alienadora, es literalmente una MISERIA…
Quien sea abogado y lea esto,
depende de que lado de la historia esté, se sentirá satisfecho o pensará que el
padre es simplemente un BOLUDO.
Del Acuerdo:
Va una
transcripcion un acuerdo real, convenido y presentado ante el tribunal y
firmado de comun acuerdo entre partes ante un Notario Público. Saquen sus
conclusiones, y sepan que aun así y con este acuerdo, el Padre es alienado por
su egoísmo y todo lo que provee es visto como una miseria. (Me consta que esto
es así por que he leído mails de la EX, diciendo que lo que recibe es
literalmente “una mierda” y “una miseria”. Lógicamente lo mismo que le escribe
al Progenitor, es publicado sistemáticamente entre familiares y amigos, aun NO
siendo verdad, ni si quiera aproximándose a ella.
La REALIDAD:
Excelentísimomo Tribunal:
PROGENITORA, por su propio derecho,
con domicilio real en .... - Lote .... / Barrio Privado xxxx, Provincia de
Buenos Aires, y constituyendo domicilio legal en ....., San Isidro, Provincia
de Buenos Aires, junto con mi letrado patrocinante Dr. ...., abogado inscripto
al Tº , Fº .. CASI. Leg. Prev. Nro. , CUIT , Responsable Inscripto; y PROGENITOR,
por su propio derecho, con domicilio real en ........., Provincia de Buenos
Aires, constituyendo domicilio legal en ............, San Isidro, Provincia de
Buenos Aires, junto con mi letrado patrocinante Dr. ........, abogado inscripto
al Tº......., Leg. Prev. Nro......, CUIT ......, a V.E. nos presentamos y
respetuosamente decimos:
I- OBJETO.
De conformidad con lo establecido en
el artículo 214 inciso 2 del Código Civil, venimos por la presente a solicitar
nuestro divorcio vincular, por encontrarnos separados de hecho sin voluntad de
unirrnos desde el día 15 de octubre del 2009.
En consecuencia, se ha cumplido
ampliamente el término de tres años establecido por la norma antes citada, para
obtener la disolución del vínculo por esta causa.
II- HECHOS
. Como surge del Certificado de
matrimonio que acompañamos, el día ..... contrajimos matrimonio.
Que de dicha unión nacieron cuatro
(4) hijos: A, nacido el ....., B nacido el ....., C....... nacido el ....., y D
nacida el ....., lo cual se acredita con los certificados de nacimientos
adjuntos.
Con fecha 15 de octubre del 2009,
hemos decidido distanciarnos por profundas diferencias personales, que hicieron
moralmente imposible la vida en común, y a raíz de ello nos encontramos
separados de hecho sin voluntad de unirnos en forma ininterrumpida desde ese
día.- Luego de analizar cada parte la situación personal y con el correr del
tiempo, decidimos acordar las condiciones alimentarias, tenencia y régimen de
visitas, y presentarnos ante V. S. a solicitar el divorcio vincular por
encontrarnos ya encuadrados en las normativas legales y la homologación del
convenio arribado en las otras cuestiones mencionadas.
III- PRUEBA
Documental:
- Certificado de matrimonio.
- 4 (cuatro) certificados de
nacimiento.
IV- COMPETENCIA
El último domicilio conyugal se
encontró constituido en la calle ....... - Lote ..... / Barrio privado .....,
Provincia de Buenos Aires, de donde surge la competencia de V.S. para entender
en estas actuaciones, conforme lo establece el art. Art. 5 CPCC de la Provincia
de Buenos Aires.
V- ACUERDO SOBRE TENENCIA, ALIMENTOS
Y REGIMEN DE VISITAS
Las partes convienen en celebrar el
presente acuerdo de tenencia, alimentos y régimen de visitas, el que se
sujetará a las cláusulas y condiciones que a continuación se indican:
PRIMERA:
La tenencia de los cuatro menores:
A.B.Cy D, quedará a cargo de la madre señora PROGENITORA, con quien habitarán
en ..... ..... - Lote ..... / Barrio Privado......, Provincia de Buenos Aires,
y/o en el domicilio en el territorio de la Provincia de Buenos Aires que
oportunamente comunicará al Señor PROGENITOR en caso de cambio del mismo.
SEGUNDA:
De "común acuerdo", se ha
convenido en fijar la cuota alimentaria que el señor PROGENITOR abonará para
sus cuatro hijos menores, de la siguiente manera y hasta su mayoría de edad
respectivamente:
2.1.- La suma de $ 4.000.- (pesos cuatro mil) (NOTA... Para los que luego crean
que esto es el total y puedan decir como la PROGENITORA que son MISERABLES) ;
lean por favor hasta el FINAL, para hacer la suma total de lo que PROGENITOR
PASA"., la cual se corresponde en partes proporcionales y equitativas
asignables a cada menor, que deberá hacer efectiva del día primero al décimo de
cada mes, mediante acreditación en la caja de ahorro en pesos de la titularidad
de la señora ….. , identificada con el Nº ………, abierta en la Sucursal …. del
Banco ….., CBU Nº …….
Al finalizar cada
cuatrimestre calendario a partir del momento de regir este convenio, el señor Progenitor
exhibirá a la señora Progenitora su recibo de sueldo en original, y la suma de $ 4.000.- que se establece
en este acápite como cuota alimentaria, se verá modificada en la misma
proporción en la que -eventualmente- se modificare el importe neto del sueldo
del señor Progenitor. Se deja constancia que a la fecha de celebración del
presente Convenio, que da inicio a las obligaciones del mismo, el importe neto
del sueldo del señor Progenitor asciende a la suma de $ 24.424 (pesos Venticuatro
mil cuatrocientos veinticuatro). (Para quien no entiende esto, básicamente la
cuota se transforma en una proporción ganancial, que depende directamente del
ingreso del Progenitor).
2.2.- Los menores se encontrarán cubiertos por la empresa de
medicina prepaga que el empleador del Progenitor brinde, hasta la mayoría de
edad. Dicha cobertura servirá para
afrontar los gastos médicos, farmacológicos, odontológicos y de internación que
dicha cobertura provea. Se deja constancia que a la fecha de celebración del
presente Convenio, dicha cobertura se encuentra a cargo de la empresa OSDE,
bajo el plan 310 para la totalidad de los menores.
2.3.- El señor Progenitor, adicionalmente, tomará a su exclusivo cargo el pago de la totalidad
de los aranceles correspondientes a la cuota mensual de la escolaridad de los
menores. A tal fin se deja constancia que los menores concurren al Colegio
xxxxx de la localidad de xxxxxx, Provincia de Buenos Aires, y que a la fecha la
totalidad de los pagos mensuales que se deben realizar en concepto de cuotas
arancelarias mensuales asciende aproximadamente a la suma de $ 10.500 (pesos
Diez mil quinientos). El señor Progenitor tomará a su cargo las eventuales
actualizaciones tarifarias de la cuota escolar que el mencionado instituto
educativo dispusiere en el futuro.
2.4.- Durante los meses de febrero de cada año, previo al inicio del año escolar, ambos padres
ponderarán los gastos en los que se deba incurrir para la reposición de
uniformes y útiles escolares de la totalidad de los menores, y asumirán dichos
gastos en idénticas proporciones, pudiendo acordar en cada oportunidad
la mejor forma de optimizar y financiar dichos gastos mediando siempre un
preaviso razonable de los gastos necesarios.
2.5.- Todos aquellos gastos
de los menores que aparezcan como extraordinarios, tales como viajes escolares
o deportivos, gastos por festejos escolares de todo tipo, serán analizados
oportunamente por ambos padres y autorizados de común acuerdo en función a las
circunstancias económicas del momento, en cuya oportunidad se determinará
-además- la proporción en la que cada padre aportará a dichos gastos.
TERCERA: Ambos padres deciden de común acuerdo establecer un
régimen de visitas amplio y sin restricciones a favor del señor Progenitor, el
que consistirá en convivir con sus hijos un fin de semana por medio, y -al
menos- un día en la semana. En estas oportunidades los menores deberán ser
retirados de la casa que habitan con su madre entre las 17.30 hs. y las 20.00
hs. del viernes y regresados entre las 17.30 hs. y las 20.00 hs. del domingo.
En el caso del día entre semana, el señor Crusizio los retirará entre las
17.30hs. y las 20.00 hs. y los dejará en el Colegio al día siguiente, o en el
hogar materno entre las 10.00 hs. y las 19.00 hs. si no hubiera clases. En las
festividades, tanto religiosas como de cualquier otro tipo, ambos padres
llegarán a un acuerdo con relación a los días y horarios que corresponderá a
cada uno de ellos estar con sus hijos menores.
Asimismo ambos progenitores se comprometen a comunicar
al otro cualquier cambio o alteración en la rutina pactada.
Durante las vacaciones de verano,
cada padre pasará con los menores, al menos 15 (quince) días corridos, debiendo
informar al otro progenitor el lugar en el que se encontrarán y los demás datos
de contacto.
En el supuesto que por razones
laborales, alguno de los progenitores fuera trasladado al exterior, el otro
deberá permitir que sus hijos puedan visitarlo.
Ambos padres acuerdan que los menores
podrán ser llevados indistintamente por cualquiera de ellos al colegio, en pos
del mejor desarrollo psíquico, moral y físico de los menores, como así también
tomar responsabilidad en todo lo concerniente a la educación y crianza de los
menores.
Cualquier cambio de rutina será
acordado con antelación suficiente entre ambos progenitores exclusivamente,
intentando no involucrar a los menores en estas decisiones.
VI.- PETITORIO: Por todo lo expuesto,
solicitamos:
1. Nos tenga por presentados, por
parte y por constituidos los domicilios legales indicados.
2. Se tenga por acompañada la
documental.
3. Por deducida la petición de
divorcio vincular por presentación conjunta.
4. Se decreten las costas en el orden
causado.
5. Se decrete el divorcio vincular
que solicitamos, ordenando la inscripción como nota marginal en la partida de
matrimonio correspondiente.
6. Se homologue el convenio de
alimentos, tenencia y régimen de visitas que se adjunta a la presente.
Proveer de conformidad,
Será Justicia
Esto expuesto
arriba es la primer parte, lo que la parte Alienadora se encarga de esparcir
como miserables 4 mil pesos, significan:
Alimentos 4.000 + Cuota del Colegio
10.500 + Cobertura médica (est) 1.000 + 50% de gastos extra (est) 500 x mes +
Derivados de extras del colegio (est) 500 x mes: O sea, una base sin
adicionales de 14.500$ sin tomar los extras. O sea, los miserables 4 mil pesos,
ya son 15.500 pesos para el progenitor, según el acuerdo.
Pero la cosa sigue, ya que este
caso, el Progenitor toma a su cargo durante 2 años a partir del acuerdo el
mantenimiento conjunto de el ex hogar conyugal… Hay Progenitores y progenitores…
Estamos en mínimo 15.500 pesos,
vamos por el resto:
CONVENIO DE SEPARACIÓN DE BIENES
Entre la señora progenitora, de nacionalidad
Argentina, titular del DNI Nº…., con domicilio real en Calle …..- Lote … /
Barrio Privado…., Pacheco, Provincia de Buenos Aires. CUIL Nº….., y el señor
Progenitor, de nacionalidad argentina, titular del DNI Nº ……, con domicilio
real en [____], de la Localidad de [____], Partido de [____], Provincia de
Buenos Aires, CUIL Nº [____], Manifiestan:
I.
Que contrajeron nupcias el xxx en xxx.
II.
Que de dicha unión nacieron cuatro
(4) hijos: A, B, C, D.
III.
Que desde el día 15 de octubre del
2009, se encuentran separados de hecho de común acuerdo, en forma
ininterrumpida hasta la fecha. Y Convienen en celebrar el presente acuerdo de
separación de bienes (en adelante el "Convenio"), el que se sujetará
a las cláusulas y condiciones que a continuación se indican, el que comenzará a
regir a partir de la fecha de suscripción:
PRIMERA:
La señora progenitora y el señor progenitor,
declaran que poseen los siguientes bienes:
1.-[auto progenitora]. Con relación a este vehículo,
las partes acuerdan que oportunamente quedará asignado a la señora Progenitora,
debiendo el señor Progenitor suscribir toda la documentación que pudiere
corresponder.
2.- [auto Progenitor]. Con relación a este vehículo, las
partes acuerdan que oportunamente quedará asignado al señor Progenitor, debiendo
la señora Progenitora toda la documentación que pudiere corresponder.
3.- Una casa ubicada en Calle…. - Lote xxx / Barrio
Privado xxxx, Provincia de Buenos Aires. Dicha casa pertenece en un 50%
(cincuenta por ciento) a cada una de las partes. La señora Progenitora habitará
dicho inmueble (de aprox 350m2) con sus hijos menores, hasta tanto se proceda a
la venta del mismo. La señora progenitora
y el señor progenitor acuerdan que ambos afrontarán en idénticas proporciones
los gastos de impuesto inmobiliario, tasas municipales y expensas de la
mencionada finca durante un plazo de 24 meses a partir de la suscripción del
presente acuerdo. El señor progenitor, transferirá los importes
correspondientes al pago de los mencionados gastos, dentro de las 72 hs. de
serle ello requerido por la señora Progenitora y luego de la exhibición de las
correspondientes facturas. La señora Progenitora, una vez efectuado el pago,
exhibirá al señor Crusizio copia del comprobante de pago correspondiente.
4.- Sin perjuicio de lo dispuesto con relación a los
gastos del único bien inmueble que poseen, la señora Progenitora y el señor
progenitor, comprometen sus mejores esfuerzos para proceder a la urgente venta
del mismo.
5.- Las partes se comprometen a realizar sus mayores
esfuerzos para proceder a la venta de la propiedad referida precedentemente en
un plazo no mayor a 24 meses, también acuerdan que cada uno de ellos puede
ofrecer a la venta la propiedad a través de la inmobiliaria que designen,
siendo condición de esto, el que ambas partes estén plenamente informadas por
las mismas de todo progreso, visitas, ofertas, o posibles cambios en las
valuaciones de la propiedad antes mencionada. Para el caso de no realizarse la
venta en dicho período, establecerán de común acuerdo la forma de pago del
impuesto inmobiliario, las tasas municipales y las expensas de la mencionada
finca atento el tiempo transcurrido. SEGUNDA:
Las partes manifiestan que acordarán
la división de los bienes muebles que se encuentran en el en el Inmueble
ubicado en xxxxxx que fuera sede del hogar conyugal, como asimismo que el Sr.
Mario Crusizio retirará los bienes muebles propios que todavía se encuentren en
el citado inmueble (xxxxx), estableciendo las partes de común acuerdo si ello
se realizará en el momento que se concrete la venta de la casa o antes previo
aviso a la otra parte con anticipación mínima de 48 horas.-----------
TERCERA : Las partes se obligan recíprocamente a suscribir
toda la documentación que sea necesaria para cumplir con lo pactado en el
presente convenio.----------------
CUARTA: Para todos los efectos legales derivados del
presente, las Partes constituyen domicilio en los indicados en el
encabezamiento del presente, donde se tendrán por válidas todas las citaciones,
notificaciones e intimaciones que se cursaren, y se someten a la Jurisdicción
de los Tribunales de Familia del Departamento Judicial de San Isidro.
En prueba de conformidad se firman
dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Buenos
Aires [____] a los [____] del mes de diciembre de 2012
O sea que al señor Progenitor, con
éste acuerdo se le suma el 50% del mantenimiento de la casa donde habita su ex
y sus hijos. La casa debería estar activamente a la venta para lograr venderla
dentro del período de los 2 años, lo que fue el espíritu de la contribución,
pero solo Dios sabe que es lo que sucederá. Mientras tanto, sigamos sumando a
los “miserables 4 mil pesos”.
Ya el señor progenitor estaba
acordado en 15.500 pesos, actualizables (4 mil por sus ingresos) el resto por
lo que aumente la prepaga y el colegio y además ahora le sumamos el 50% de las
expensas e impuestos del inmueble. O sea, lo que el señor progenitor pasa, más
alla de ser “poco miserable”, ronda los 18.000 pesos mensuales al escribir el
artículo. Realmente, para una persona que de neto recibe 24.000 pesos y le
quedan 6 mil para hacer su vida, alquilar un inmueble para vivir (en ese
momento), pagar sus gastos, sus expensas y lo que gasta para vivir y comer el día
a día… es miserable?. Realmente lo es?.
Esto es una gota en un mar.
Lamentablemente casos como éste existen y aún, con lo que esto conlleva, el
progenitor es tratado de miserable, escondedor, mentiroso, “es el padre rico”,
es el “pedile a tu padre que te lo compre por que yo no tengo plata”, es el
ridículo… es el que “gana en negro” o esconde sus verdaderos ingresos… todo según
su EX Alienadora y DOY FE. No recibe un centavo mas de nadie ni de nada. Es lo
que tiene. Hoy gana 24000 neto y cede 18000 mínimo para SUS HIJOS. (75% de SUS INGRESOS)
SE LE PUEDE PEDIR MAS A ESTE
PROGENITOR?. Si así es, que lo haga la Justicia, que seguramente lo reprenderá
por PELOTUDO y no haber sido precavido en que además de ser quien se rompa el
lomo para sus hijos, será tratado y difamado vía lavado de cerebro como el “Hijo
de puta” que caga a tu madre, por el resto de su vida.
Como la justicia no da para más, el
SAP corre por otro lado, corre por LOS AMIGOS, LA FAMILIA y peor que nada… por
LOS HIJOS.
Ese progenitor está totalmente
indignado, pero no vencido. El amor de y por sus hijos es mayor a cualquier difamación, y su único deseo es vivir lo suficiente como para que LA VERDAD SEA LA QUE IMPARTA JUSTICIA. En lo inmediato que los HIJOS dejen de ser UTILIZADOS como arma, herramienta o medio. Son ellos los que sufren mayormente el maltrato.
PURA VIDA.